Les compartimos la segunda parte del taller que compete al Seguro Comprensivo 3D: Deshonestidad, Destrucción y Desaparición:
1- Convenio I Improbidad de Empleados: Perdida de dinero, valores y otros bienes que sufre el asegurado, hasta un monto que no excede en el agregado del monto estipulado bajo el límite de responsabilidad aplicable a este convenio, por cualquier acto o actos fraudulentos cometidos por cualquiera de los empleados, actuando a solas o en colusión con otros.
2- Convenio II Pedida dentro del Inmueble o Local: Perdida de dinero y valores por la efectiva destrucción, desaparición o la sustracción no autorizada y delictuosa de los mismos del inmueble o local o dentro de cualquier inmueble o local bancario o lugares semejantes reconocidos de depósito seguro. También se cubre la pérdida de otros bienes por el robo de caja fuerte o robo, atraco o asalto dentro del inmueble o local o tentativa a cualquiera de ellos y gaveta para dinero, caja para dinero o caja registradora, las cuales estén cerradas con llave.
3- Convenio III Perdida Fuera del Inmueble o Local: Perdida de dinero y valores por la efectiva destrucción, desaparición o la sustracción no autorizada y delictuosa de los mismos del inmueble o local o dentro de cualquier inmueble o local bancario o lugares semejantes reconocidos de depósito seguro. También se cubre la pérdida de otros bienes por robo, atraco o asalto o tentativa a cualquiera de estos fuera del inmueble o local mientras están siendo llevadas por un mensajero o cualquier compañía que opera automóviles blindados.
4- Convenio IV – Giros, Cheques de Viajeros y Billetes Falsificados de Dinero: La pérdida debido a la aceptación de buena fe, en cambio por mercancías, dinero o servicios, de cualquier giro postal o de una compañía express, si tal giro no fuere hecho efectivo con su presentación, o debido a la aceptación de buena fe, en el curso ordinario del negocio, de billetes falsificados de dinero de los Estados Unidos.
5- Convenio V – Depositantes contra Falsificación de Firmas: Es la pérdida que el asegurado o cualquier banco el cual está incluido en la “prueba de perdida” del asegurado, y en cual el asegurado mantiene cuentas de cheques o de ahorro, según aparezcan sus intereses respectivos, pueda sufrir por la falsificación de firmas o la alteración de, sobre o en cualquier cheque, giro, pagaré, letra de cambio o semejante promesa, orden de pagar cierta suma de dinero, hecha o girada por o girada sobre el asegurado o hecha o girada por alguien que actúa como agente del asegurado, o da a entender que fue hecha o girada tal como se ha manifestado previamente.
Prontamente les estaremos informando la fecha de nuestro próximo taller. Si tiene una consulta sobre la cobertura 3D no dude en contactarnos que con gusto nuestros especialistas de seguros le podrán proveer la información de las coberturas que usted requiere.
Un comentario
Estimados señores:
El texto del convenio V de la poliza 3D que estoy leyendo arriba indica como uno de los documentos sobre los cuales aplica, ademas de cheques, giros, letras, etc. , la expresion “orden de pagar cierta suma de dinero” y quisiera que me explicaran con un ejemplo a que documento (diferente a los señalados taxativamente, se pudiera aplicar (.
Ademas quisiera su opinion acerca de la factibilidad de aplicar tal convenio a un suceso donde el primer documento involucrado es un cheque pero no fue sobre este donde se produjo la falsificacion sino en el recibo de entrega, el cual fue firmado por un estafador para apropiarse del cheque que luego utilizo para adquirir un bien del mismo beneficiario del cheque que era a favor de la nacion y por lo cual no fue necesario alterar ningun campo del cheque.
Espero sus comentarios; no trabajo en cias. de seguro ni de intermediacion de seguros, y tampoco resido en Panama de manera que tampoco soy un cliente potencial, pero creo que igual cualquier intercambio tecnico es posible.
Reciban un saludo y una felicitacion por esta pagina.
Freddy Godoy